Art. 64.- Son objetivos de la Educación Aborigen:
a) Favorecer la integración nacional de la población aborigen, promoviendo formas de educación bilingüe e intercultural, que le permita desempeñarse activamente en un mundo multicultural.
b) Elaborar diseños curriculares adecuados a la identidad cultural de la población.
c) Promover los soportes técnico-pedagógicos pertinentes para la alfabetización en la lengua materna del educando.
d) Promover la formación de docentes especializados en educación bilingüe e intercultural.
e) Procurar que la enseñanza sea impartida por docentes especializados en educación bilingüe intercultural o que cuenten con la ayuda de auxiliares aborígenes especializados.
f) Favorecer la participación institucional de los grupos y organizaciones representativas de la comunidad aborigen para el desarrollo de programas de atención integral de dichas comunidades.