Provincia de BUENOS AIRES (Ultima reforma constitucional: 1994)
Art. 36 inc.9 “De los indígenas. La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupa
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